Generar imágenes controversiales, con contenido sexual no es algo novedoso. Mucho antes de las imágenes digitales y la distribución por Internet se ha usado el texto y el dibujo como forma del burla de las figuras públicas.
https://es.alphahistory.com/revoluci%C3%B3n-Francesa/libelos/
"El uso del humor crudo y la sátira pornográfica con fines políticos se remonta a la antigüedad. Los líderes y figuras poderosas a menudo han sido objeto de ridículo por su apariencia, hábitos personales e inclinaciones sexuales."
El precedente legal en Argentina, es el juicio entre Pando y Revista Barcelona, que en primera instancia obligaba a la revista a pagar un dinero que esencialmente implicaba su quiebra, y en la apelación, logró revertir el fallo:
https://www.pagina12.com.ar/313336-la-corte-fallo-a-favor-de-la-revista-barcelona-tras-una-dema
"La contratapa del ejemplar de la revista Barcelona del día 13 de agosto de 2010 no resulta lesiva del derecho al honor de la actora, dado que constituye una crítica política que no excede los límites de la protección que la Constitución Nacional otorga a la libertad de expresión pues no configura un insulto gratuito ni una vejación injustificada", concluyó la Corte con la firma de todos sus integrantes menos la jueza Elena Highton de Nolasco.
Los jueces destacaron que el montaje "constituye una composición gráfica satírica mediante la cual se ejerció de modo irónico, mordaz, irritante y exagerado una crítica política respecto de un tema de indudable interés público protagonizado por una figura pública".